La resolución definitiva reparte un cupo de 40.338 ejemplares, amplía de dos a cuatro las jornadas hábiles y mantiene el uso obligatorio del Precinto Digital de Caza
Ya es definitivo. La Junta de Andalucía ha publicado el listado de cotos en los que podrá cazarse la tórtola europea durante la media veda de la temporada 2026-2027, así como el número máximo de ejemplares asignado a cada uno de ellos.
La resolución apareció el 21 de julio en un boletín complementario del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Su Anexo I recoge los únicos terrenos cinegéticos autorizados para aprovechar esta especie durante la campaña, siempre que la caza de la tórtola también figure en el plan técnico en vigor de cada acotado.
Andalucía dispondrá de un cupo total de 40.338 tórtolas europeas, que se distribuirá entre los cotos incluidos en la resolución. La publicación definitiva llega después de que la Junta difundiera una relación provisional a comienzos de julio y concediera un plazo de cinco días hábiles para corregir errores y presentar alegaciones.
La campaña trae además una novedad importante para los cazadores andaluces: se pasa de dos a cuatro jornadas hábiles. La medida amplía las oportunidades de organizar el aprovechamiento y evitar que toda la presión se concentre en un único fin de semana.
Cuatro días de caza durante la media veda
En la mayor parte de Andalucía, la tórtola europea podrá cazarse exclusivamente los días:
- 22 de agosto de 2026.
- 23 de agosto de 2026.
- 29 de agosto de 2026.
- 30 de agosto de 2026.
La excepción será la zona costera de Cádiz delimitada por la normativa andaluza, donde las jornadas autorizadas se desplazarán a septiembre:
- 5 de septiembre de 2026.
- 6 de septiembre de 2026.
- 12 de septiembre de 2026.
- 13 de septiembre de 2026.
Fuera de esas fechas no podrá cazarse la especie, aunque el terreno aparezca en el listado de cotos con cupo asignado. Tampoco bastará con disponer de un plan técnico que contemple su aprovechamiento: será imprescindible que el acotado figure expresamente en el Anexo I de la resolución definitiva.
La ampliación a cuatro días se produce después de que en la temporada 2025-2026 solo se consumiera una parte del cupo disponible. Según los registros del Precinto Digital de Caza, se declararon 12.230 capturas, equivalentes al 34,45 % de las 35.497 tórtolas asignadas entonces a Andalucía.
Esto no significa que cada cazador disponga automáticamente de cuatro jornadas ni que pueda abatir libremente hasta alcanzar un límite general. Cada coto cuenta con un cupo concreto y su titular deberá repartirlo entre las personas que participen en la cacería.
Andalucía contará con 40.338 capturas
El cupo andaluz para esta campaña asciende a 40.338 ejemplares, frente a los 35.497 de la temporada anterior.
La resolución explica que España recibió para 2026 una cuota de 121.500 tórtolas europeas dentro del sistema de gestión adaptativa aplicado en el corredor migratorio occidental. Posteriormente, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación distribuyó esa cantidad entre las comunidades autónomas participantes.
En Andalucía, el 80 % del cupo se ha repartido entre los cotos autorizados atendiendo a su superficie, tomando como referencia la cartografía oficial de terrenos cinegéticos de la temporada 2025-2026.

El 20 % restante se ha destinado a cotos deportivos y cotos privados cuyo titular sea una sociedad deportiva federada. En este segundo reparto también se han tenido en cuenta la superficie y la participación en iniciativas relacionadas con el seguimiento de especies y la mejora del hábitat.
El resultado no es un cupo idéntico para todos. Cada acotado dispone de una cantidad específica que aparece junto a su matrícula, nombre y superficie en el anexo oficial.
Por ello, antes de organizar una tirada, los cazadores deberán comprobar tanto la presencia del coto en el listado como el número de capturas que el titular les haya asignado.
Solo podrán cazar los cotos incluidos en el listado
La resolución es clara en este punto: únicamente podrán cazar la tórtola europea los cotos incluidos en el Anexo I.
Además, el aprovechamiento deberá estar autorizado en el plan técnico de caza vigente. Aparecer en el listado definitivo no permite actuar al margen de las condiciones generales del acotado ni del resto de la normativa cinegética.
El BOJA también publica un Anexo II con los terrenos que solicitaron un cupo, pero finalmente quedaron excluidos. Estos cotos no podrán cazar la especie durante la temporada 2026-2027.
La diferencia es importante. Durante la media veda convivirán terrenos con autorización y cupo, cotos en los que se cazarán otras especies pero no la tórtola y acotados que ni siquiera solicitaron participar en el sistema.
Por eso será necesario extremar la atención, especialmente en zonas donde varios terrenos cinegéticos estén próximos o compartan caminos, lindes y áreas tradicionales de paso.
El Precinto Digital seguirá siendo obligatorio
Todos los cazadores que participen en el aprovechamiento deberán utilizar la aplicación gratuita Precinto Digital de Caza.
También será obligatoria para los titulares de los cotos autorizados. Cada titular, representante o persona habilitada deberá dar de alta a los participantes y asignarles una parte del cupo disponible.
A partir de esa asignación, cada cazador tendrá que generar los precintos digitales correspondientes a las piezas abatidas. La aplicación producirá un código QR que podrá ser consultado tanto por el titular del coto como por los agentes encargados de la inspección.
La norma establece que el registro deberá realizarse una vez terminada la actividad y con el arma ya enfundada. En cualquier caso, tendrá que completarse antes de desplazarse a otro punto del acotado o de salir de él.
Este detalle es importante. La resolución no exige manipular el teléfono después de cada disparo ni mantener el arma desatendida mientras se registra la captura. Primero debe finalizarse la acción cinegética, enfundarse el arma y después completar el precintado.
Todos los ejemplares abatidos deberán retirarse del medio y quedar registrados, salvo que exista una imposibilidad real de acceso para recuperarlos.
La mejora del hábitat vuelve a ser decisiva
El acceso al cupo no se ha concedido únicamente por solicitarlo.
Los cotos tenían que acreditar la realización, durante la temporada anterior, de actuaciones favorables para la tórtola europea. Entre ellas se contemplan medidas como el mantenimiento de lindes y setos, la conservación de parcelas sin cosechar, la creación de barbechos, las siembras de baja densidad, los puntos de agua naturalizados o la alimentación suplementaria.
Estas actuaciones buscan mejorar la disponibilidad de alimento, refugio y agua en los territorios de reproducción y paso.
La Junta también adelanta que continuar con estos trabajos durante la temporada 2026-2027 podrá tenerse en cuenta en el reparto de posibles cupos para la campaña siguiente. No bastará, por tanto, con haber realizado una mejora puntual para entrar en el listado de este año.
La intención del modelo es vincular la posibilidad de cazar la especie con una implicación continuada de los cotos en la mejora de su hábitat.
Para el sector cinegético, este sistema permite mostrar que la caza no se limita a la jornada de media veda. Detrás de los cuatro días autorizados existe un trabajo previo de mantenimiento de lindes, siembras, agua y seguimiento desarrollado durante el resto del año.
Habrá inspecciones en cotos autorizados y no autorizados
La Junta pondrá en marcha un plan específico de inspección durante toda la media veda.
Los controles no se limitarán a los cotos que dispongan de cupo. Los agentes también podrán inspeccionar terrenos no incluidos en el listado, especialmente en zonas donde tradicionalmente se cazaba la tórtola.
El objetivo será comprobar que las capturas se realizan únicamente en las fechas establecidas, dentro de terrenos autorizados y sin superar el número de ejemplares asignado.
Durante las inspecciones podrán verificarse los precintos digitales, el cupo disponible y la autorización del cazador por parte del titular del acotado.
La existencia de un terreno autorizado al otro lado de una linde no permitirá abatir tórtolas en un coto sin cupo. Tampoco será válido trasladar capturas entre acotados o utilizar la asignación recibida para una finca distinta.
Los titulares deberán presentar el informe de capturas
Además del registro mediante la aplicación, los titulares de los terrenos incluidos en el listado tendrán que remitir a la Delegación Territorial correspondiente un informe de las capturas efectuadas durante la media veda.
Este documento deberá incluir todas las especies y modalidades practicadas y presentarse antes del 1 de octubre de 2026.

La obligación forma parte del sistema de seguimiento de la actividad cinegética y complementa la información registrada mediante el precinto digital.
Los titulares tendrán, por tanto, varias responsabilidades: comprobar el cupo concedido, asignarlo correctamente entre los cazadores, facilitar el acceso a la aplicación, evitar que se supere la cantidad disponible y presentar después el informe correspondiente.
Un regreso condicionado al control de las capturas
La caza de la tórtola europea permaneció con cuota cero desde la temporada 2021-2022 hasta la campaña 2024-2025.
El aprovechamiento regresó en 2025 bajo un modelo adaptativo, condicionado a la evolución de la población, la existencia de un límite de capturas y la implantación de un sistema de control considerado fiable.
La Junta señala que los datos de seguimiento disponibles mantienen una tendencia creciente de la población en el corredor occidental y que la Comisión Europea valoró positivamente el sistema utilizado durante la primera temporada tras la moratoria.
La continuidad de la caza dependerá, en buena medida, de que los cupos se respeten y de que las capturas queden correctamente registradas.
Lo que ocurra durante estas cuatro jornadas no afectará únicamente a la campaña actual. Los resultados servirán para valorar futuros cupos, revisar el funcionamiento del modelo y decidir si el aprovechamiento puede mantenerse en temporadas posteriores.
Cómo consultar el cupo de cada coto
El listado completo aparece en el Anexo I de la resolución publicada en el BOJA. Debido a su extensión, la forma más segura de comprobar un terreno es buscar directamente su matrícula.
Cada entrada muestra:
- Matrícula del coto.
- Nombre del terreno.
- Superficie en hectáreas.
- Cupo asignado por el primer criterio de reparto.
- Cupo adicional, cuando corresponda.
- Número total de tórtolas autorizadas.
Los cazadores no deberían guiarse por capturas de pantalla, listados reenviados o documentos correspondientes a la temporada pasada. La referencia válida es la resolución definitiva publicada el 21 de julio de 2026.
También conviene recordar que el cupo pertenece al coto, no a cada participante. Será el titular quien determine cuántas capturas puede realizar cada cazador dentro del máximo concedido.
Una media veda con más jornadas y más responsabilidad
La publicación definitiva despeja una de las principales dudas que mantenían los cazadores andaluces antes de la media veda.
Ya se conocen los terrenos autorizados, el cupo de cada uno y las fechas en las que podrá practicarse la caza. La ampliación a cuatro jornadas ofrece más margen para organizar el aprovechamiento y adaptarlo a las condiciones meteorológicas y al movimiento de las aves.
Pero el regreso de la tórtola continúa sujeto a controles que no pueden tomarse como un simple trámite.
Comprobar el coto, recibir una asignación individual, utilizar correctamente el Precinto Digital y respetar el cupo serán obligaciones esenciales. Un error no solo puede derivar en una infracción para el cazador o el titular, sino que puede perjudicar la continuidad del modelo en años posteriores.
La oportunidad está sobre la mesa. Ahora corresponde a los cotos y a los cazadores demostrar que cuatro días de aprovechamiento pueden convivir con el seguimiento, la mejora del hábitat y un control riguroso de cada captura.
Puedes ver el boletín completo en este enlace.
